Podrán admitirse justificantes de banca on-line, que no sean recibo bancario, siempre y cuando quede clara la información del pago: emisor, beneficiario, importe, fecha...
En el caso de facturas con IRPF deberá aportarse la declaración correspondiente a la Agencia Tributaria.
Cuando se presente un recibí como acreditación del pago, deberá adjuntarse el modelo facilitado con todos los datos completos.(Se facilita modelo, no se admitirán documentos que no se ajusten a este modelo).No se admitirán pagos en efectivo de más de 300 €.Ver base 15ª de la convocatoria.
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones en el Boletín Oficial del Estado (BOE):
Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón.
Convocatoria de subvenciones en materia de acción social destinadas a entidades sin ánimo de lucro 2024: B.O.P nº125 DE1/07/2024